Así te afecta la nueva Ley universitaria si estás en la uni: desde copiar hasta hacer novatadas

El Consejo de Ministros acaba de dar luz verde a la Ley de Convivencia Universitaria, que viene con cambios que afectarán a toda la comunidad estudiantil (pública y privada) en cuestiones como ser pillado copiando en un examen o participar en novatadas, entre otros asuntos.

El último borrador del antrepoyecto de ley que aprobó ayer el Consejo de Ministros estipula que copiar en un examen universitario no tendrá, de ahora en adelante, una sanción. Algo que en la anterior redacción se incluía entre las faltas leves pero que finalmente dejará que sean los profesores los que decidan las consecuencias. Ya sea cambiar al alumno de sitio, retirar el examen o recibir un suspenso. 

Por lo demás, La futura Ley, que viene a sustituir al Reglamento firmado por Franco en 1954 y vigente hasta ahora, divide las acciones que conllevan falta en tres grados: muy graves, graves y leves.

Faltas leves

De este modo, conllevará una falta leve (cuya sanción consistirá en una amonestación privada): el acceso indebido a instalaciones universitarias, utilizar los servicios universitarios incumpliendo los requisitos establecidos de general conocimiento o deteriorar de forma no grave el patrimonio. Estas faltas prescribirán a los seis meses y sus sanciones al año.

Faltas graves

Subiendo el nivel, supondrán una falta grave: apoderarse indebidamente del contenido de exámenes, deteriorar gravemente el patrimonio de la universidad, impedir la celebración de actividades de docencia, cometer fraude académico (cualquier comportamiento que falsee los resultados de un examen o trabajo) y acceder sin autorización a los sistemas informáticos de la universidad.

Faltas muy graves

Las novatadas o cualquier otra conducta vejatoria, ya sea de carácter físico o psicológico. Así como ejercer violencia grave, el acoso sexual, la falsificación, la suplantación de un miembro de la comunidad universitaria, la sustracción o destrucción de documentos académicos, usar documentos falsos ante la universidad, la destrucción y deterioro de manera irreparable, plagiar total o parcialmente una obra, o cometer fraude en el Trabajo de Fin de Grado, el Trabajo de Fin de Máster o la Tesis Doctoral serán consideradas faltas gravísimas.

Las faltas muy graves prescribirán a los tres años y las graves a los dos años. Del mismo modo, sus sanciones lo harán a los tres y a los dos años, respectivamente.

La sanción para las faltas de carácter grave se traduce en la expulsión de hasta un mes de la universidad (que no se puede aplicar durante los periodos de evaluación y de matriculación), o en la pérdida de derechos de matrícula o a la convocatoria ordinaria de la asignatura en la que se hubiera cometido durante el curso o semestre en el que se h cometido la falta.

Aunque, según estipula la ley, las universidades podrán prever "medidas de carácter educativo y recuperador" en sustitución de las sanciones establecidas, salvo cuando la falta implique "actuaciones fraudulentas en cualquiera de los ámbitos relacionados con el proceso de evaluación".

Fotos | Unsplash


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