Una guía para tener siempre a mano y que no te timen como cliente de hostelería
Algunos bares y restaurantes tienen métodos para cobrarle más de lo que ha consumido si no revisan la cuenta o no están al tanto de lo que está permitido o no hacer en hostelería. Lo hemos visto recientemente con el "pan fake" o "ticket fake", la práctica fraudulenta que desde Facua han denunciado y mediante la que se incluye pan automáticamente en la cuenta aunque solo hayas tomado un café o un refresco. Es por ello que, con ayuda de la OCU, te vamos a dejar aquí esta chuleta para consultar cuando tengas dudas sobre tus derechos y deberes a la hora de pagar en un establecimiento.
El ticket
Para empezar, un establecimiento tiene la obligación de entregar siempre el ticket o factura completa y con detalle de cada uno de los productos consumidos y a cobrar. La información de los precios y servicios tiene que verse de una sola lectura, sin necesidad de información adicional.
Suplemento por el servicio en terraza o por estar en mesa en vez de barra
Únicamente se puede cobrar un suplemento por el servicio de terraza o por estar sentado en mesa en lugar de en la barra, si se indica claramente en la carta. Además, ha de aparecer indicada la cuantía exacta. No vale un porcentaje.
Cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto
Es ilegal en ambos casos puesto que son cosas implícitas en el propio servicio de hostelería.
Pedir pago por adelantado de una reserva
En el caso de que te pidan por adelantado el pago de la reserva de mesa, dicha cantidad deberá ser descontada después del precio final. Lo que no pueden hacer bajo ningún concepto es cobrarte de más por concepto haber hecho una reserva.
Consumo mínimo y tiempo máximo en terraza
Los bares y restaurantes pueden fijar un consumo mínimo o un tiempo máximo para estar en su terraza únicamente si se informa expresamente al cliente al momento de ocuparla.
Agua del grifo gratis
Los bares y los restaurantes no pueden cobrar ni negarse a darle agua del grifo de forma gratuita a los clientes. Incluso si estiman que el sabor no es bueno.
Cobrar por el pan
El pan puede cobrarse si el cliente lo solicitó y su precio está indicado. Además, este tiene que aparecer detallado por comensal o unidad. Si el precio es por unidad, cada vez que pidas más, irá sumándose en la cuenta.
Cobrar por el hielo
Pueden hacerlo pero, para ello, tiene que venir indicado en la lista de precios cuál es el coste del producto con y sin hielo.
Cobrar por la leche del café
Es legal que el café con leche tenga un precio diferente al café solo pero, tal y como sucede en los casos anteriores, solo si se indica claramente.
Precio en la carta según mercado
Los pescados, carnes, mariscos y cualquier otro producto que aparezca en la carta con precio según mercado, deberán incluir una base o peso que le permita al cliente conocer el precio aproximado.
Producto de fuera de carta
Cuando se ofrezca un producto de fuera de carta, existe la obligación de avisar de su precio. Si esto no ha ocurrido, el cliente puede abonar el precio de un plato similar en carta.
IVA no incluido
En España, los precios reflejados en la carta se entienden como finales y completos, con IVA incluido. En caso de no incluirlo, debe señalarse expresamente.
Cobrar por el tupper
Si nos ha sobrado comida y queremos llevárnosla a casa, el establecimiento debe facilitarle un tupper al cliente, pero no está obligado a que sea gratis y puede cobrar por él siempre que se advierta.
Foto de portada | S O C I A L . C U T
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