Las tareas de las amas de casa siempre ha sido un trabajo que se ha dado por hecho que tenían que hacer a cambio de nada. Es decir, limpiar hacer la comida, la compra y, en general, todo lo que conllevar mantener al día una casa es un esfuerzo que nunca se ha visto recompensado económicamente para estas y que lleva el mismo tiempo o más que una jornada de trabajo en cualquier empresa.
La diferencia principal es que las amas de casa no están dadas de alta en la Seguridad Social y, por tanto, todo este trabajo, horas y esfuerzo no se ha visto nunca recompensado a ningún nivel legal. Pero, ahora las cosas han cambiado y estas personas pueden beneficiarse de una pensión no contributiva que ofrece el Imserso que para poder percibirla hay que cumplir una serie de requisitos, que son:
- Tener 65 años o más
- Residir en España durante un periodo de, al menos, 10 años en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Existir una carencia cuando las rentas o ingresos personales, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.
Pero, si la persona que cumple estos requisitos, y además vive con familiares, existen otras condiciones que son necesarias cumplir a nivel económico:
- Si la convivencia es con su marido/mujer, y/o con familiares de segundo grado del solicitante, deberán ingresar en casa menos de 12.326,02 euros anuales, en caso de ser dos personas en casa. Si son tres, menos de 17.401,44 euros anuales, y si son cuatro, 22.476,86 euros anuales. Si se convive con aún más, se deberá sumar a cada integrante la cantidad de 5.075,42 euros.
- Mientras que si la convivencia es con algún pariente de primer grado, es decir, padres o hijos, los ingresos deberían estar por debajo de los 30.815,05 euros anuales si son dos personas en total en el domicilio, 43.503,60 euros anuales, si son tres, y 56.192,15 euros anuales si son cuatro. Si son más, hay que sumar 12.688,25 euros anuales por cada integrante más.
Asimismo, hay que tener en cuenta que esta pensión es incompatible con otras pensiones como la de invalidez o la las asistenciales, por ejemplo, y la cantidad mensual que se puede percibir es de 517,90 euros al mes, que anualmente como hemos mencionado en el punto anterior, serían 7,250 euros al año.
Para poder solicitar esta pensión las amas de casa tendrán que presentar una solicitud mediante la Sede Electrónica del Imserso o bien, acudir a las oficinas de la Seguridad Social provinciales físicamente y presentar la siguiente documentación:
- El DNI o el NIE.
- El certificado de empadronamiento que demuestre la residencia en España.
- La documentación necesaria que acredite los ingresos y los de la unidad de convivencia.
Fotos | Karolina Kaboompics cottonbro studio de Pexels
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