Las claves de la reforma del subsidio por desempleo: en qué cambia la prestación para mayores de 52 años

Cuánto cobrarán, a qué edades se amplía y con qué condiciones

Tras la negativa que sufría el pasado mes de enero la reforma de prestación por desempleo, este martes se aprobaba definitivamente en el Consejo de Ministros.

Entre las novedades más importantes que trae consigo esta nueva normativa están el incremento de la cuantía, la ampliación de los colectivos de beneficiarios del mismo y la eliminación del despido automático en el caso de incapacidad permanente que se condicionará a la voluntad del trabajador, a la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo o a la posibilidad de acceder a otro compatible con su situación.

Con esta reforma se eleva el porcentaje del IPREM, baremo que se utiliza para calcular el subsidio por desempleo, que ascenderá del 80% actual (con una cuantía de 570 euros al mes) al 95% durante los primeros seis meses de cobro de la prestación, lo que supondrá unos 90 euros más al mes. Para los siguientes seis meses, el IPREM la cifra se situará en el 90%, y el resto del periodo en el 80% al que está fijado actualmente.

Otras de las novedades son, por un lado, mantener la cotización de jubilación de los beneficiarios mayores de 52 años en el 125% de la base mínima vigente, en 2024, la base mínima es de 1.323 euros al mes, por lo que el subsidio de mayores de 52 años cotizará por el 125%, es decir, por una base de 1653,75 euros al mes. Y, por otro, que esta prestación se amplía a los 45 años para aquellos sin responsabilidades familiares, trabajadores eventuales agrarios, personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla, y para quienes acrediten periodos cotizados menores a seis meses sin responsabilidades familiares.

Además, y también entra como nueva normativa en la reforma, el subsidio se extiende a víctimas de violencia de género y a emigrantes retornados, y se equiparará la cuantía de los trabajadores con contrato parcial con los de tiempo completo, algo que beneficiará en gran parte a las mujeres.

Asimismo, esta reforma permitirá que se cobre el subsidio mientras se trabaja por cuenta ajena, que se extiende a la prestación contributiva de desempleo a partir de 2025, es decir, una vez transcurrido el primer año de la prestación, y siempre y cuando que el salario percibido no supere los 18.900 euros brutos anuales. Por último, se prevé que todos estos cambios entren en vigor, con carácter general, el próximo mes de noviembre de 2024, aunque algunos ya estarán vigentes a partir del mes de junio.

Foto | Ron Lach SHVETS production de Pexels

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