Es posible adelantar la edad de jubilación cuatro años: las claves de la jubilación anticipada no voluntaria
El pasado mes de enero entraba en vigor la nueva edad de jubilación ordinaria que será efectiva durante todo este año para los ciudadanos. Por tanto, en 2024, esta se establece en los 66 años y seis meses para aquellas personas que tengan una cotización inferior a 38 años, y de 65 años para aquellas que tengan más de 38 años cotizados, a lo que hay que sumar como imprescindible para poder cobrar una jubilación contributiva en nuestro país haber cotizado mínimo 15 años.
Esta previsto que a partir del 2027 la edad de jubilación ascienda a los 67 años, la cual desde 2013 ha ido subiendo de forma gradual cada año, tal y como detalla la Seguridad Social en esta tabla.
Tabla de edad de jubilación según el año
¿Cómo adelantar la edad jubilación hasta en cuatro años?
La jubilación anticipada forzosa o no voluntaria es una de las modalidades de jubilación que permite al trabajador jubilarse cuatro años antes de la edad establecida por la edad de jubilación ordinaria. Por tanto, estaríamos hablando de que en 2024, la edad de la jubilación anticipada forzosa se establecería en los 62 años y seis meses para aquellas personas que tengan una cotización inferior a 38 años y de 61 años para aquellas que superen los 38 años cotizados a la Seguridad Social.
Esto será posible siempre y cuando se cumplan con los requisitos que están detallados en la web de la Seguridad Social.
Causas para una jubilación forzosa involuntaria
Las causas que se deben dar para una jubilación forzosa involuntaria son las siguientes:
- Despido colectivo por un ERE o ERTE.
- Despido objetivo por parte de la empresa.
- Extinción del contrato de trabajo por causa de fuerza mayor.
- Por una resolución judicial.
- Por fallecimiento o reconocimiento de incapacidad permanente del empleador
- Desempleados a causa de violencia de género
Se aplican coeficientes reductores
Eso sí, hay que tener en cuenta que acogerse a este tipo de jubilación conlleva que se apliquen una serie de coeficientes reductores que, por consiguiente, reducirán la cuantía de la paga de la pensión contributiva. Las reducciones que se aplican según informan desde Tododisca:
- Un mínimo de 0,5% en caso de un mes de adelanto con una cotización de 44 años y seis meses o más.
- Un máximo del 30% por adelantar la jubilación cuatro años con una cotización inferior a 38 años y seis meses.
Fotos | Lübna Abdullah en Pexels
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