Cuántos viajes del Imserso se pueden hacer al año y los requisitos indispensables para solicitarlos

Este es el número de viajes que puedes hacer con el Imserso cada temporada

El pasado 22 de julio se acabó el plazo para inscribirse a los viajes del Imserso de la próxima temporada 2024-2025 que comenzarán en el mes de septiembre.

Puede que muchos de los pensionistas y jubilados se hayan planteado la posibilidad de optar a varios viajes a lo largo del año, y no limitarse a uno de estos packs vacacionales. Pues debes saber que esto es posible, y que se puede solicitar más de un viaje del Programa de Turismo, es decir, el número de viajes es indefinido, pero eso sí, están limitados por las plazas que para esta temporada son, concretamente, 886.269.

Por lo que, aunque quien lo desee puede elegir varios viajes, no quiere decir que pueda acceder a todos ya que su concesión depende de un sistema de puntos y de unos requisitos a cumplir.

Requisitos para optar a los viajes del Imserso

Los requisitos para poder acceder a uno de estos viajes según la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre para la temporada 2024-2025 y que que están publicados en la web del Imserso, son:

1.Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

  • Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
  • Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.

2.Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos:los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

3.Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Asimismo, todas estas personas podrán ir acompañadas de su cónyuge o pareja de hecho o con aquella que tengan una relación estable y de convivencia. En su caso, podrán ser acompañadas con hijos con discapacidad igual o superior al 45 por ciento y en todo caso, todas ellas deberán valerse por sí mismas para realizar cualquier actividad diaria, tal y como explican en la misma web.

Así que si habías pensado hacer más de un viaje con este programa deberás esperar a la concesión de plazas porque todo ello dependerá de la demanda que haya para esta temporada.

Fotos |Quý Nguyễn Teja J de Pexels

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