Los viajes del Imserso son un clásico a la hora de poder viajar sin dejarnos un dineral cuando ya estamos jubilados. Las tarifas asequibles durante los meses de temporada baja, y la variedad de destinos hacen que esta propuesta de ocio sea una opción muy apetecible para los seniors frente a opciones como los cruceros, bastante más costosas a nivel económico.
El plazo para presentar solicitudes para la temporada de viajes del 2025 comenzó el pasado mes de noviembre, y se ha abierto un nuevo periodo de presentación de solicitudes hasta mayo de 2025.
Estos son los requisitos para poder viajar con el Imserso
Evidentemente, para poder viajar con el Imserso y disfrutar de sus viajes a la costa o de sus programas termales, hay que cumplir con una serie de requisitos, como ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español, ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español, o ser perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
Además, también pueden viajar con el Imserso las personas que estén aseguradas o que sean beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad. En cualquier caso, las personas que se inscriban a los viajes de este organismo público deben poder valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
¿Pueden viajar con el Imserso personas que no cumplan los requisitos de edad o pensión?
Aunque en principio los viajes del Imserso están reservados para las personas que cumplen los requisitos que acabamos de ver, lo cierto es que de estos viajes también pueden beneficiarse personas que no cumplen las exigencias requeridas: los acompañantes.
Según el Imserso, los pensionistas que hacen uso de estos viajes tienen la opción de ir acompañados de su "cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal", aunque no cumplan con los requisitos exigidos por este organismo.
Además, también pueden ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, decidan abonar el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual, y siempre que haya disponibilidad de plazas.
Fotografías | Lookstudio para Freepik, Freepik
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