¿Pagarías 40.000 euros por una croqueta? Mercadona sí. Lo hará después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha haya declarado el despido de uno de sus empleados como improcedente. El trabajador se comió una croqueta que iba a ser desechada al cierre de la tienda, y el gesto le costó su despido.
Acompáñame en esta historia rocambolesca que sucedió en una tienda de Mercadona de Toledo. Al cierre de la tienda el viernes 8 de julio de 2023, los empleados estaban recogiendo cuando uno de ellos pasó por la zona de platos preparados, esa en la que hay porciones de tortilla de patatas, ensaladilla y croquetas. Uno de los empleados cogió una croqueta de un tupper que ya estaba en el carro de los productos no vendidos. Esos productos, para quien no lo sepa, son tirados a la basura. Cogió la croqueta y se la comió. El lunes siguiente su coordinadora de tienda le preguntó por esa croqueta.
Comerse una croqueta como justificación para un despido
Antes de seguir te diré que el expediente de ese trabajador era intachable. En 16 años no había dado ningún tipo de problema, pero ante la pregunta de su jefa confesó que se la había comida. Solo una. La cogió del tupper y se la comió antes de que la tiraran al contenedor de la basura y sin haber pagado por ella, pero la supervisora no vió con buenos ojos este acto. Le recordó que estaba prohibido que los empleados comieran nada sin haberlo pagado previamente, aunque estos productos estén ya en el último proceso antes de desecharlos. Bastó para que ese mismo día se despidiera al trabajador con un despido disciplinario alegando que se había cometido una falta "muy grave”. Se le pagó un finiquito de 944,38 euros.
Según Mercadona, la sanción estaba más que justificada porque el trabajador conocía “el reglamento y la prohibición de consumir cualquier tipo de producto previo pago”. Acusó al empleado de consumir un blíster entero que costaba 4,20 euros, aunque insisto: solo se comió una croqueta que iba a ser tirada. Según el supermercado este hecho implica "conducta fraudulenta, de deslealtad o de abuso de confianza" y "robo, hurto o malversación cometidos tanto a la empresa como a los/as compañeros/as de trabajo". Además, Mercadona asegura que según el artículo 54.2d del Estatuto de los Trabajadores "la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo" es uno de los motivos para el despido disciplinario. Repito, se comió una croqueta de un blíster que iba a tirarse.
Lo que dicen los jueces sobre si te pueden echar al comerte una croqueta en el trabajo
El empleado llevó el caso a los juzgados, y terminó en el TSJ de Castilla-La Mancha cuya sentencia del 15 de octubre, ratificó que no existía despido disciplinario sino que era un despido improcedente y desproporcionado. Para los magistrados, comerse una croqueta no puede considerarse como una falta muy grave tal y como aseguraba Mercadona, ni merecedora de "la sanción más grave del mundo laboral como es el despido del trabajador". No es un caso de mala fe según la Sala de lo Social, porque hay importantes matices en los hechos, como el que se tratase de una producto que iba a tirarse y no a venderse al día siguiente. La sentencia recoge que dos testigos confirman que el empleado comió una croqueta, y no un blíster completo, como afirmaba la empresa, y otros empleados reconocen que también habían consumido de forma esporádica estos productos, sin consecuencias disciplinarias más allá de alguna advertencia. El hecho de que fuera una única croqueta no es considerado por el TSJ como “una conducta fraudulenta, desleal o suponer un abuso de confianza”. Del mismo modo no ven que se trate de “un robo, hurto o malversación” porque una vez cierra la tienda y el producto va a desecharse, se considera un producto con valor comercial nulo.
Hay más, porque el TSJ, considera que el convenio colectivo que regula a los empleados de Mercadona recoge la figura de "apropiación indebida de productos". Una única croqueta no concurre en ese plural, "siendo un hecho excepcional, puntual y esporádico, y conociendo la orden e instrucción de la empresa de su prohibición lo que a criterio de esta juzgadora constituye una falta grave del art. 33 B)" del convenio colectivo de Mercadona. Es decir, el empleado habría incurrido en una sanción pero en ningún caso en un despido disciplinario.
Ahora, y tras la sentencia emitida por la Sala de lo social del TSJ de Castilla- La Mancha que asegura que el despido era improcedente, Mercadona debe readmitir al trabajador o indemnizarle con 40.000 euros por despido procedente. Mercadona no se baja de la burra y según fuentes de El País, el supermercado de Juan Roig ha confirmado que no se ha iniciado ninguna mediación para readmitir al empleado. Pagará la indemnización fijada por el Tribunal por despido improcedente y esa croqueta le costará 40.000 euros a Mercadona. La croqueta más cara del mundo.
Fotos | Directo al Paladar, Nano Erdozain en Pexels
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