El Tribunal Superior de Galicia avaló su despido improcedente después de que la trabajadora se llamara hasta en 100 ocasiones a su propio teléfono simulando llamar a clientes
La picaresca no se quedó solo en el Siglo de Oro de las letras como uno de los subgéneros literarios más característicos de toda la historia de la literatura española. La astucia de los "meneadores de ratón" o las “vacaciones silenciosas” son una muestra de cómo la necesidad agudiza el ingenio, en este caso para descansar más.
Lo mismo ha ocurrido en Vigo, tal y como ha recogido el diario La Voz de Galicia. Una teleoperadora estuvo llamándose a sí misma durante siete meses para descansar durante más tiempo del trabajo. Ha sido despedida después de haberse llamado a sí misma hasta 100 veces, y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha validado este despido disciplinario.
Durante siete meses, aprovechando el teletrabajo y sin que sus jefes lo detectaran. Esta teleoperadora que devolvía llamadas a clientes, lo que se conoce como callback, no llamaba solo a los clientes, se llamaba también a sí misma. De esta forma, parecía que estaba trabajando cuando en realidad lo que hacía era descansar. Su registro horario indicaba que estaba trabajando y atendiendo a clientes, solo que ese cliente era ella misma.
Un plan para tomarse más descansos teletrabajando
En 2022 y durante siete meses, la teleoperadora puso en práctica su plan maestro sin ser detectada, hasta que el coordinador del servicio empezó a sospechar al ver “un anómalo número de rellamadas”. Adivina, en el registro de dichas llamadas se repetía el número de la empleada.
No era una mala trabajadora, de hecho tal y como explica el diario gallego, la sorpresa de su supervisor fue mayúscula porque “estaba aupada en el ranking de los mejores trabajadores” y cobraba incentivos en la empresa desde 2021, en la que permanecía con contratos eventuales. La operadora había participado en campañas de fidelización y promociones, y en los últimos meses atendía consultas sobre tarjetas bancarias.
Cuando la empresa se entero de la mala praxis, el despido fue inmediato. La ya exempleada no se mostró de acuerdo con el despido procedente y lo llevó ante un juzgado de Vigo en 2023 que lo dio por válido. Pero recurrió esa primera sentencia a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) porque como ella misma aseguró, las llamadas a su número eran “solo cinco o siete al mes y de escasos minutos de duración” y comenzó en la fecha en la que “sufrió una crisis”.
Explicó al TSXG que lo hacía para tomarse un respiro y aliviar la ansiedad, pero la jugada no le ha salido como esperaba. Se ha validado la sentencia por despido disciplinario, porque existió una intención de “eludir el tiempo de prestación de servicio cuando no se encontraba disfrutando de tiempos de descanso”. La Justicia en este caso lo tiene claro. El despido es por “transgredir la buena fe contractual, abuso de confianza, deslealtad y disminución del rendimiento”, y aunque su astucia es notable, esta teletrabajadora ha perdido su empleo de forma procedente según la ley. Por mucha picaresca que tuviera.
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