Cómo acceder a una pensión por jubilación aunque no se llegue al mínimo de años cotizados

Estos son los requisitos que se deben cumplir para poder recibir una pensión no contributiva

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El periodo mínimo de cotización para poder cobrar una pensión contributiva, es decir, para poder jubilarnos, es de 15 años cotizados, y dos de ellos dentro de los últimos 15 años previos a la jubilación, según la Ley General de la Seguridad Social. Todo ello contando con la edad ordinaria de jubilación que actualmente está en 66 años y 6 meses. Pero entonces, ¿qué pasa si no llego al mínimo de años requeridos? En ese caso, se perdería el acceso a la pensión contributiva.

Pero, todavía quedaría una salida y es la opción de cobrar una pensión de jubilación no contributiva, que en 2024 se ha revalorizado un 6,9% y que, según define la Seguridad Social, se trata de prestaciones económicas “que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones de Invalidez y Jubilación”.

Pension No Contributiva

Requisitos para acceder a la pensión no contributiva

Para que dicha prestación sea concedida, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos que piden los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y las direcciones provinciales del IMSERSO en el caso de Ceuta y Melilla:

  • Deberá tener al menos la edad de 65 años
  • Su residencia legal en España debe ser de un mínimo de diez años, de forma ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud de la pensión.
  • Las rentas anuales del solicitante no deben superar los ingresos de 7.250 euros que a su vez es la cantidad anual que concede el estado a las pensiones no contributivas (7.250,6 euros al año), que se traduce en una cuantía de 517,90 euros al mes en catorce pagas.
  • Se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar, es decir de aquellas personas con las que el solicitante conviva como cónyuges, hijos, nietos… variando los límites según el grado de consanguinidad:
  1. Si convive con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: dos personas: 12.326,02 euros al año, si son tres: 17.401,44 y si son cuatro: 22.476,86.
  2. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos: dos personas: 30.815,05 euros al año, cuando son tres: 43.503,60 y cuando son cuatro: 56.192,15 euros.
  • No se puede estar cobrando dos pensiones a la vez, aunque sí es compatible la pensión de viudedad.

Asimismo, las pensiones no contributivas también pueden ser concedidas por invalidez y para ello los requisitos serían:

  • Ser mayor de 18 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud
  • Residir legalmente en territorio español durante cinco años, los dos últimos seguidos justo antes de la fecha de la solicitud
  • Tener una discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.

Fotos | cottonbro studio SHVETS production de Pexels

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