Desde el pasado día 1 de enero todas aquellas personas que quieran seguir cobrando su pensión fuera de nuestro país deben presentar su fe de vida y para ello tienen como plazo hasta el próximo 31 de marzo.
Desde el año 2024, los usuarios de la aplicación Vivess podían realizar el trámite de acreditar la vivencia desde el teléfono móvil en nuestro país, pero desde 2025, también podrán acreditarlo aquellos pensionistas de la Seguridad Social que viven en el extranjero, así como aquellos pensionistas residentes fuera de nuestras fronteras pertenecientes al Instituto Social de la Marina. Todos ellos podrán: acreditar la residencia fiscal, actualizar la modalidad de pago a transferencia bancaria y modificar sus datos personales o bancarios en cualquier momento.
Cómo realizar la fe de vida a través de Vivess
Para poder realizar el trámite, que se debe llevar a cabo de forma anual dentro del primer trimestre del año, la Autoridad Competente del país de residencia deberá acreditar la vivencia para poder continuar percibiendo la pensión.
Otra forma de poder acreditarlo es que los pensionistas residentes en el extranjero acrediten su vivencia ante los Encargados del Registro Civil Consular, y ante la comparecencia presencial o telemática en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Para informar de este trámite la Seguridad Social tiene previsto mandar un total de 115.169 cartas a los pensionistas residentes en el extranjero para informarles de la aplicación Vivess y las novedades que incorpora este año. "Las cartas irán dirigidas tanto a quienes aún no se han registrado en la aplicación, como a quienes lo hicieron, pero no acreditaron su vivencia, y a quienes se registraron y completaron el trámite. La carta se envía en castellano, portugués, francés, inglés, alemán, polaco y búlgaro en función del lugar de residencia, junto a un tríptico informativo en castellano y en el idioma del lugar de residencia", aseguran desde la web del INNS.
Fotos | Ivan Samkov de Pexels y X de @inclusiongob
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