Este es el único caso en el que un autónomo podrá jubilarse a las 65 cobrando el 100% de su base reguladora en 2025

Los autónomos verán modificados el mínimo de años cotizados para poder acceder a la jubilación

Jubilacion Autonomos 2025
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A partir del próximo año 2025, vuelven a cambiar las condiciones de jubilación para los trabajadores autónomos y, por primera vez, se exigirán más de 38 años cotizados a aquellos que quieran retirarse a los 65 años, o a los 63 si es mediante la jubilación anticipada, siempre y cuando se acrediten los años mínimos de cotización.

Cada año, sube la edad de jubilación ordinaria, pero el aumento de la edad legal para ambas modalidades (tanto ordinaria como anticipada), solo afecta a algunos de los trabajadores por cuenta propia que, normalmente, son aquellos que menos años han cotizado. “Es decir, cada año, hasta 2027 se irá subiendo el tiempo de cotización exigido para poder jubilarse a los 65 años. Y, para los que no cumplan esos años cotizados, también se irá aumentando la edad a la que pueden retirarse”, dicen desde autonomosyemprendedor.es.

Pension Jubilacion Autonomos

Hasta ahora, es decir, en 2024, los autónomos con menos años cotizados, podían jubilarse a los 66 años y seis meses o retirarse de forma anticipada a los 64 años y seis meses; pero aquellos que tuvieran largas carreras de cotización podían jubilarse a los 65 o anticipar su jubilación a los 63. Como decimos, partir de 2025 los requisitos cambian y aquellos que menos hayan cotizado tendrán que esperar hasta los 67 años para poder retirarse. Según la Seguridad Social, los autónomos que quieran retirarse en 2024 y cobrar un 100% de su base reguladora deberán cumplir uno de estos dos supuestos:

  • Tener 65 años y haber cotizado un mínimo de 38 años y tres meses en la fecha de solicitud.
  • O bien tener cumplidos 66 años y nueve meses.

Desde la misma web ponen un ejemplo bastante clarificador y es el siguiente: "Por ejemplo, hace diez años, la Seguridad Social exigía 35 años y tres meses para que un autónomo pudiera jubilarse a los 65 años. Si no cumplía ese tiempo de cotización, tenía que espera a los 65 años y 1 mes. Ahora, en 2024, se exige un mínimo de 38 años para jubilarse a a los 65 años y prejubilarse a los 63. En 2025 ya se exigirán 38 años y tres meses cotizados. Como se puede observar, el aumento progresivo de la edad de retiro no afecta de ninguna manera a los autónomos que tienen largas carreras de cotización, que siempre han podido y van a seguir pudiendo acceder a la pensión a los 65 años o a los 63 años asumiendo los coeficientes reductores por jubilación anticipada. A los que sí afecta es a los que no tengan los años mínimos cotizados que se requieran en cada momento".

Diferencias entre la jubilación por cuenta ajena y por cuenta propia

Pero estas reformas no han cambiado las diferencias que siguen existiendo entre las jubilaciones de los trabajadores por cuenta ajena y y por cuenta propia ya que, según datos recientes de la Seguridad Social, una de las más claras es la diferencia en la cuantía de la pensión a percibir, ya que "la pensión media para los trabajadores del Régimen General es de 1.061 euros al mes, mientras que para los autónomos es de 962,4 euros al mes, una cifra inferior al Salario Mínimo Interprofesional (1.134 euros al mes)".

Y, por otro lado, mientras que los trabajadores por cuenta ajena tienen la opción de acogerse tanto a la jubilación anticipada voluntaria como a la forzosa o no voluntaria, para la cuál se puede acceder cumpliendo estos requisitos, los autónomos solo pueden optar por la jubilación anticipada voluntaria.

Foto | Tima Miroshnichenko Mikhail Nilov en Pexels

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