Si perteneces a la generación que tuvo que hacer el servicio militar, atento porque tienes beneficios en tu jubilación. La conocida coloquialmente como la “mili” no se contabilizaba como periodo laboral por lo que, aquellos que en su día tuvieron que cumplir con esta obligación no lo pudieron sumar como periodo de tiempo trabajado.
Pero, ahora, más de veinte años después de que finalizara la obligatoriedad de este servicio (el 31 de diciembre de 2002), los que la hicieron pueden obtener ventajas, por ejemplo, para poder acceder a la jubilación anticipada o a la parcial.
Tanto la “mili” como la prestación social sustitutoria cuentan como tiempo cotizado para todos aquellos que deseen solicitar la jubilación anticipada o parcial, eso sí, independientemente de los requisitos que se requieren para poder acceder a dichos tipos de jubilación.
La jubilación anticipada permite retirarse hasta dos años antes de la edad ordinaria de jubilación, que hoy en día se sitúa en los 66 años y seis meses con 35 años cotizados, y 65 años con más de 38 años cotizados, y hasta cuatro años antes en los casos de jubilación involuntaria o parcial. Asimismo, en todos los casos, dos de los años cotizados deben haber sido trabajados en los últimos quince años, inmediatamente antes de la solicitud de la jubilación.
Sumar el tiempo del servicio militar a los años de cotización se presenta, por tanto, como un gran beneficio para quiénes lo hicieron, ya que se permite contabilizar como si ese tiempo se hubiera trabajado a todos los efectos. Eso sí, insistimos que esta solo será apta para quienes pidan la jubilación anticipada o parcial.
¿Cómo solicitar certificado servicio militar?
El servicio militar solía tener una duración de unos 12 meses y para demostrar que se realizó se debe pedir el certificado correspondiente, el cual es un requisito imprescindible para la Seguridad Social.
¿Dónde se puede conseguir este documentos? En este video explicativo puedes ver cómo realizar el trámite. Debes acceder a un modelo de solicitud y junto con toda la documentación requerida, dirigirse a cualquier delegación o subdelegación del Ministerio de Defensa. La documentación que se pide es:
- Original y fotocopia del DNI
- Original y fotocopia de la cartilla del servicio militar (la llamada "la blanca"). Si no se dispone de ella habrá que pedir un duplicado al acuartelamiento en el que se realizó el servicio o a la unidad que lo haya sustituido.
Fotos | SHVETS production de Pexels
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