Sentirnos seguros en la carretera y ser seguros para el resto de conductores es una de las prioridades que debemos tener presentes cuando vamos al volante. La forma de controlar que somos seguros frente a cualquier tipo de circunstancia conlleva pasar correctamente una serie de controles que son necesarios para tener una licencia de conducir, tanto físicos como mentales.
La DGT explica en su web que "para ponerse al volante con seguridad, el conductor precisa unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras mínimas. Necesita percibir los estímulos (por ejemplo, un semáforo que va a cambiar a rojo o un peatón que va a cruzar la calzada), procesar esa información, decidir la respuesta que debe dar y darla de forma adecuada y manejando de forma precisa los mandos del vehículo. La presencia de enfermedades puede alterar esta secuencia". Y para ello, son tres los grandes grupos a los que debemos prestar atención:
- La capacidad de atención y memoria, y es que debemos tener la capacidad de tener memoria tanto a corto como a largo plazo y saber gestionar esta información lo que dure el trayecto. La coordinación así como la fuerza al manejar, y por supuesto, la visión y la audición, son imprescindibles.
- Las enfermedades progresivas: “ni todas las enfermedades deterioran en la misma medida la capacidad de conducir, ni todos los conductores sufren el mismo deterioro. Así, el riesgo de accidente de quien sufre apnea del sueño es superior al de quien padece una patología cardiovascular”, dicen desde la DGT. Pero sí hay una serie de enfermedades que impiden de forma permanente la capacidad de conducir y lo hacen de forma progresiva.
- Crisis agudas: “existen patologías que producen un deterioro agudo que origina una pérdida de control del vehículo que no se puede prever (una crisis epiléptica, o una hipoglucemia grave durante la conducción en los pacientes diabéticos –que produce desde descoordinación hasta pérdida de conocimiento–)”, explican. Además del daño agudo puede deteriorarse permanente alguna capacidad.
Listado de enfermedades por las que no se puede renovar el carné en 2024
Por ello, la DGT, independientemente de la edad del conductor, proporciona un listado de enfermedades que influyen en la conducción hasta el punto de poder llegar a impedir sacarse la licencia o renovarla.
Listado de enfermedades
- Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas.
- Demencia o trastorno de ansiedad.
- Trastorno de la personalidad.
- Depresión.
- Trastornos del sueño.
- Trastorno obsesivo-compulsivo.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH).
- Problemas vasculares.
- Alzheimer.
- Parkinson.
- Esclerosis lateral amiotrófica
- Disección.
- Aneurisma de grandes vasos.
- Enfermedades cardíacas.
- Arritmias.
- Infarto agudo de miocardio.
- Prótesis valvulares.
- Marcapasos.
- Desfibrilador automático.
- Enfermedades neurológicas.
- Crisis o pérdida de conciencia.
- Epilepsia.
- Accidente isquémico transitorio.
- Enfermedades endocrinas.
- Hipotiroidismo y paratiroides.
- Diabetes mellitus insulinodependiente.
- Enfermedades digestivas.
- Trasplante renal.
- Nefropatía con diálisis.
- Enfermedades respiratorias.
- Apnea del sueño.
- Enfermedades oncológicas.
- Trastornos oncohemáticos.
- Dolencias oncológicas.
Aunque, por supuesto, también existen algunas patologías que sí pueden ser degenerativas en las que la edad es un factor de incidencia, como es el caso del Alzhéimer, y que por tanto, necesitan de una serie de pruebas vinculadas a la edad. Y, es que, según nuevos cambios que se están baranjando en la renovación del carnét de conducir, las personas mayores de 65 años podrían estar obligadas a realizarse pruebas médicas físicas con la finalidad de asegurar las condiciones de la persona ya que, según la DGT, "puede verse afectada por varios motivos: degeneración macular, rigidez muscular, disminución de reflejos, problemas de visión, problemas de audición... entre otros". Pero, en estos casos, la decisión de la renovación no se basará en las enfermedades particulares del conductor, sino en la capacidad real para conducir de manera segura.
Asimismo, y, como decíamos, será determinante de qué enfermedad se trate y el grado en el que se manifieste para decidir si la persona puede conducir o no, y la decisión será llevado a cabo por un facultativo que mediante un informe médico será quien certifique la ausencia de riesgos y, por tanto, quien acredite la capacidad de conducir.
Fotos | Kampus Production MART PRODUCTION de Pexels
En Trendencias | Cobro de la pensión de julio 2024: fechas de pago de cada banco
En Trendencias | Pensión no contributiva en un matrimonio: requisitos y cantidades a percibir en 2024
Trendencias | Enfermedades para incapacidad permanente absoluta
Ver 0 comentarios