Precio de testamentos en España: esto es lo que cuesta en 2024

Estos son los tipos de testamentos que existen y los precios que oscila realizar este trámite

Cuanto Cuesta Testamento
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El testamento es un documento jurídico por el cual una persona determina quiénes serán las personas que hereden su patrimonio una vez que fallezca. Los expertos siempre recomiendan realizar testamento debido a todas las ventajas y facilidades que esto conlleva para los futuros herederos a la hora de ahorrar tiempo y dinero en trámites posteriores. Al tratarse de un documento de carácter revocable se puede cambiar las veces que se deseen si se cambia de idea en un futuro.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento?

El precio de un testamento puede ser distinto dependiendo de la extensión, del tipo de testamento que se elija de los anteriormente mencionados y de los honorarios de la gestoría donde se realice el trámite.

El precio medio en España por realizar un testamento es bastante asequible, a partir de 38 euros, según el Consejo General del Notariado: "El testamento es un documento muy económico teniendo en cuenta su trascendencia y, en ocasiones, su complicación jurídica. Independientemente de cuánto valgan los bienes del testador, la mayoría de los testamentos ante notario suelen costar entre 38 y 50 euros. Estas cantidades pueden variar en función de la extensión de los mismos, como en el caso de los llamados testamentos particionales que contienen lotes de bienes a favor de los distintos herederos del testador".

¿Cómo se reparte una herencia?

Según el articulo 808 del Código Civil las dos terceras partes de la herencia corresponden siempre a los hijos o, eventualmente, a otros descendientes. Una de esas dos partes se conoce como “legítima” y se divide siempre en partes iguales entre esos herederos forzosos. Con la parte restante, llamada “mejora”, el testamento permite dividirla como se quiera, es decir, no tiene por qué ser igual para todos los los herederos. Otra posibilidad es que esta pueda favorecer con su reparto a uno (o más de uno) de esos herederos, donar a una ONG, a alguien ajeno a la familia, una ONG, etc...


Cuanto Cuesta Hacer Testamento

Tipos de testamentos

  • Testamento ante testigos: es aquel que se declara en voz alta frente a los testigos y ante notario, y pierde validez si el testador no fallece. No es muy frecuente porque sobre todo se atribuye a circunstancias especiales como por ejemplo conflictos bélicos.
  • Testamento ológrafo: aquel que se escribe a mano y lleva fecha y firma, pero si no cumple con los requisitos mínimos que establece el Código Civil, podría resultar nulo. Es gratuito si se hace en casa, pero existen empresas que pueden asesorar al respecto y suelen cobrar entre unos 40 o 50 euros por el trámite para evitar que el documento se nulo por cometer algún error al redactarlo. Este documento, una vez fallecido el testador, deberá pasar por un examen de autenticidad, el cual, conlleva trámites posteriores. Las desventajas de esta opción es que se puede extraviar o no ser encontrado por los herederos si desconocen su existencia.
  • Testamento notarial abierto: este es el más recomendado por los expertos ya que es el que se realiza ante un notario, quien dará fe de su autenticidad y remite al Registro de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia, lo que exime a los herederos de tener que hacer trámites tras el fallecimiento del testador. Cuesta entre los 40 y los 80 euros, dependiendo de su extensión y, a diferencia del anterior, sí que hay que acudir al notario físicamente para firmarlo.
  • Testamento cerrado: este testamento se realiza ante un notario que verifique su validez y solo se hará público tras la muerte del testador. El testamento se meterá en un sobre y se sellará de forma legal para evitar posibles adulteraciones. Su coste ronda los mismos precios pero siempre dependerá de su extensión y de la notaría donde se realice.

¿Qué pasa si no se hace testamento?

Cuando una persona muere sin dejar testamento, la ley establece que sus herederos son sus hijos, y al cónyuge le corresponde la mitad de los bienes gananciales (que ya son de su propiedad desde antes de enviudar) así como el “usufructo del tercio destinado a mejora”, como explica el artículo 834 del Código Civil.

Si la persona que muere sin dejar testamento no tiene hijos, su herencia corresponde a sus padres, o en caso de que sus padres hayan muerto, a sus abuelos u otros ascendientes lejanos. Si tampoco tiene ascendientes, el heredero será el cónyuge, y si no hay cónyuge, el orden sigue con los hermanos, después sobrinos, después tíos y después primos. Solo en el caso de que alguien muera y no quede nadie con estos grados de parentesco, será el Estado quien herede su patrimonio, según explican en este artículo.

Fotos | RDNE Stock project Karolina Grabowska de Pexels

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