Cobrar una herencia es un trámite bastante complicado tanto a nivel emocional para los implicados, pero que todavía puede hacerse más difícil en algunos casos por todos los trámites que se necesitan.
Los trámites son uno de los factores que influyen mucho en este trámite y hacerlo más tedioso y es que la liquidación del Impuesto de Sucesiones, así como la solicitud de varios certificados son trámites básicos que los herederos deben conocer para saber cuáles son aproximadamente los plazos para poder cobrar una herencia ya que estos pueden tardar desde un mes hasta un año en ser efectivo.
Documentación necesaria para cobrar una herencia
Para poder solicitar y cobrar la herencia se deben realizar los siguientes trámites. Presentar ante notario:
- El certificado Literal de Defunción, un documento que certifica el fallecimiento. Este se debe pedir en el Registro Civil y se puede solicitar 24 horas después de la defunción. Por su parte, este organismo oficial tiene hasta diez días hábiles después de su solicitud para emitirlo, y si la solicitud es digital se puede reducir hasta a cinco días.
- El certificado de Actos de Ultima Voluntad: esto es el testamento del fallecido, firmado ante notario. Este documento hay que pedirlo a Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, 15 días hábiles desde la defunción. Muchos expertos dicen que realizar un testamento puede evitar muchos trámites a los herederos y evitar problemas a la hora de dejar claras las últimas voluntades del individuo.
- El certificado de contratos de seguros que dará la información de si el fallecido tenía algún seguro que diera cobertura en caso de defunción y se solicita también Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, dentro de los 15 días hábiles desde el fallecimiento.
Si no hay testamento se debe realizar el Acta de Declaración de Herederos con dos testigos, “cuando una persona muere sin haber otorgado testamento, se realiza la "declaración de herederos abintestato", por la que se determina, según los criterios establecidos por la Ley, quiénes son los herederos”, dice el Ministerio de Justicia. Asimismo, en el plazo de veinte días hábiles sean declarados herederos, según establece la ley, por lo que el plazo mínimo para cobrar una herencia por tanto oscila entre los 20 y los 30 días.
Una vez entregados estos documentos, se puede acudir al notario para hacer el reparto de la herencia, en su caso, pero al mismo tiempo, los herederos deberán realizar el pago del Impuesto de Sucesiones, que varía en función de la comunidad autónoma donde se reside, para el cual existe un plazo de entre seis y doce meses, por lo que los trámites para el cobro de una herencia pueden alargarse hasta un año.
Los bancos tienen hasta un mes de plazo para poder revisar todos estos documentos antes de realizar la entrega del dinero, así como de los bienes de la persona. Para ello, hay que acudir personalmente a firmar la liquidación, la cancelación de las cuentas corrientes, fondos de inversión o cualquier otro tipo de actividad bancaria que el fallecido tuviera en activo.
Fotos |Mikhail Nilov Ivan Samkov de Pexels
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